Villaggi: una cláusula transitoria no puede borrar ocho mandatos de historia
La diputada radical analiza el decisivo fallo de la Corte Suprema sobre la reforma constitucional formoseña y sus implicancias para la sucesión de Insfrán en 2027.
La provincia vive días de intensa tensión institucional tras la noticia de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación asumió competencia directa sobre la impugnación de la Cláusula Transitoria Cuarta, el artículo clave de la última reforma constitucional formoseña. En una entrevista concedida al programa radial "Algo Está Pasando", la diputada provincial de la Unión Cívica Radical, Dra. Agostina Villaggi, desplegó un análisis pormenorizado sobre el trasfondo de este conflicto legal que sacude los cimientos políticos locales y proyecta su sombra hacia las elecciones de 2027.
Con claridad de abogada y experiencia legislativa, Villaggi explicó cómo la oposición viene monitoreando el expediente digital desde hace tiempo. "Nosotros sabíamos que algo iba a pasar, no sabíamos qué. Simplemente por el hecho de que uno entra al expediente digital y puede ver los movimientos que tiene de una secretaría a otra. De un tiempo a esta parte veníamos viendo que el expediente empezó a circular por distintas secretarías y vocalías", reveló la dirigente radical. El seguimiento del trámite permitió anticipar que el máximo tribunal tomaría una decisión, aunque el contenido exacto permanecía bajo la incertidumbre del sigilo judicial. "El contenido no lo sabíamos en absoluto, pero sí sabíamos que algo se iba a resolver", subrayó con precisión.
El núcleo del conflicto gira en torno a una pregunta fundamental para el futuro político formoseño: ¿puede una cláusula transitoria en una reforma constitucional "resetear" la historia institucional de ocho mandatos consecutivos? La oposición argumenta que no, y la Corte Suprema ahora deberá pronunciarse al respecto. Villaggi fue tajante al respecto: "Una cláusula transitoria no puede borrar la historia de los ocho mandatos anteriores". Este principio rebate la estrategia del gobierno provincial que, a través de la Fiscalía de Estado, ha recurrido al concepto de un "contador a cero" permitido por la autonomía provincial. Sin embargo, la diputada marcó un límite claro a ese argumento: la autonomía provincial no es sinónimo de soberanía y encuentra sus fronteras en la Constitución Nacional.
Los tiempos procesales ahora juegan un rol determinante en la definición de escenarios electorales. Tras la notificación oficial al Estado provincial a través del Juzgado Federal de Formosa, corren sesenta días hábiles para que la administración presente su defensa y conteste la demanda. Posteriormente, el expediente será trasladado a la oposición para que formule sus argumentaciones, y finalmente el Procurador General de la Nación emitirá su dictamen antes de que la Corte dicte sentencia. Estos plazos adquieren importancia crítica considerando que la próxima contienda electoral será en 2027, momento en que se definirá la viabilidad de una novena reelección del gobernador Gildo Insfrán.
Más allá de lo estrictamente judicial, Villaggi no dejó pasar la oportunidad de cuestionar el funcionamiento institucional provincial. Denunció la parálisis legislativa que caracteriza las sesiones ordinarias en la Cámara de Diputados, donde mediante sesiones breves se omiten deliberadamente proyectos centrales presentados por la oposición vinculados a seguridad pública y persecución de delitos. Esta crítica refleja un cuadro más amplio de tensión entre mayoría gobernante y minoría opositora, donde los conflictos constitucionales se entrecruzan con disputas sobre la agenda legislativa. La Corte Suprema, entonces, no solo fallará sobre un tecnicismo jurídico, sino que sentará precedentes sobre los límites reales al ejercicio del poder en las provincias argentinas y la efectividad de los controles institucionales.


