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Nacional 📅 18 Jul. 2026

Justicia rechaza libertad condicional para represor de la última dictadura

La Cámara de Casación confirmó que Ricardo Taddei, excoronel del Ejército condenado por crímenes de lesa humanidad, debe cumplir su condena completa. Los jueces argumentaron que no hay garantías de reinserción social.

Justicia rechaza libertad condicional para represor de la última dictadura

La Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal cerró definitivamente la puerta a la libertad condicional de Ricardo Taddei, el excoronel del Ejército Argentino responsable de torturas, desapariciones y homicidios en el centro clandestino Club Atlético durante la última dictadura militar. En un fallo unánime, los magistrados Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky rechazaron el recurso presentado por la defensa del represor, confirmando así la decisión anterior del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de Buenos Aires que le negaba el acceso al régimen de libertad condicional.

Taddei había presentado nuevamente su solicitud de libertad condicional argumentando que cumplía con los plazos legales establecidos. Sin embargo, los jueces fueron tajantes en señalar que el cumplimiento de ciertos requisitos formales no es suficiente para acceder a esta medida cuando se trata de crímenes de lesa humanidad. El excoronel fue condenado en 2010 a 25 años de prisión por 161 hechos clasificados como violaciones graves a los derechos humanos, incluyendo homicidios calificados, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de torturas y secuestros extorsivos. Esa sentencia fue ratificada por Casación en 2014, pero Taddei continuó presentando recursos para lograr su liberación anticipada.

El magistrado Carbajo, quien encabezó la votación, estableció un criterio fundamental en su voto: la concesión de libertad condicional no es automática simplemente por cumplir los plazos legales, sino que requiere un análisis exhaustivo de todas las circunstancias del caso. En sus considerandos, destacó las obligaciones internacionales que tiene el Estado argentino de investigar, juzgar y sancionar a responsables de graves violaciones a los derechos humanos, subrayando que estos compromisos no pueden ser desnaturalizados por decisiones adoptadas en la etapa de ejecución de la pena. El juez enfatizó que la instancia anterior realizó una evaluación pormenorizada de los elementos del expediente y concluyó que Taddei no presenta un pronóstico actual de reinserción social positivo.

Hornos coincidió con esta línea argumentativa y fue aún más contundente en su análisis. Señaló que adoptar medidas que disolvieran la sanción impuesta frente a violaciones masivas a los derechos humanos violaría razones de orden constitucional y convencional. El magistrado subrayó que los jueces deben observar la máxima cautela al analizar este tipo de medidas, especialmente considerando los criterios que la Corte Suprema ha establecido sobre la materia. Destacó también un aspecto crucial: Taddei no demuestra un entendimiento sustancial del daño causado ni de la gravedad de sus actos en tanto lesivos a la convivencia social y democrática. Esta falta de comprensión real de lo que hizo es un factor determinante para negar su reinserción.

Durante la audiencia oral y pública celebrada antes de la resolución, participaron la defensa de Taddei, el Ministerio Público Fiscal, las querellas y las víctimas del represor. Hornos hizo énfasis en que, aunque la opinión de las víctimas no es vinculante legalmente, no puede soslayarse la expectativa legítima de la sociedad de que los fines del derecho penal se cumplan cuando hay quebrantamiento flagrante de normas fundamentales. Por su parte, Borinsky adhirió a los argumentos de sus colegas y recordó que la Sala IV ya había rechazado anteriormente un pedido similar de Taddei, sin que la defensa aportara argumentos novedosos que justificaran cambiar de criterio.

Este fallo es especialmente significativo porque cierra una puerta que ha intentado abrirse repetidamente. Taddei fue detenido en España en 2006, donde había permanecido durante 20 años eludiendo la acción de la justicia argentina. Su captura y extradición fue un hito importante en la lucha por la memoria, la verdad y la justicia en Argentina. La decisión de hoy reafirma el compromiso del Poder Judicial con la investigación y sanción de los responsables de crímenes contra la humanidad, sentando precedente de que la gravedad de los hechos y la falta de arrepentimiento genuino son factores que pueden justificar que represores permanezcan en prisión incluso después de cumplir plazos formales.

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